miércoles, 27 de agosto de 2008

ÚLTIMA CARTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO

Última carta del señor Müjica a nuestra asociación espero que puedan comentarla y decir que os parece:

Estimado Sr:

Se ha recibido sus últimos escritos, que han quedado incorporados a su expediente registrado con el número arriba indicado, a los efectos oportunos.

Asimismo se ha recibido el informe solicitado a la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, Ministerio de Economía y Hacienda, en el que se comunica lo siguiente:

" Como no puede ser de otra manera. La administración tributaria actúa con consentimiento pleno de la ley, atendiendo a la delimitación del ámbito subjetivo de la deducción que establece la ley 35/2007.
En relación a la posible existencia de desigualdades no queridas por el legislador o contrarias al ordenamiento jurídico, considero que en ningún caso corresponde a esta Secretaría de Estado enjuiciar la intencionalidad del legislador ni valorar la constitucionalidad de las normas aprobadas por las Cortes generales".

Esta Institución ha manifestado al citado departamento ministerial su disconformidad con el criterio sostenido en la aplicación de la ley 35/2007, toda vez que, a pesar de las afirmaciones efectuadas en su informe, cuenta con facultades para promover las modificaciones normativas que considere oportunas, así como para efectuar una interpretación más favorable a los ciudadanos, siempre que la misma tenga cabida en la norma. De todo lo cual dejaremos constancia en el Informe anual de las Cortes Generales y, en concreto , de la reacción de ese Departamento a los planteado por esta Institución en respuesta a las demandas de los ciudadanos.
En consecuencia, procede la conclusión de las investigaciones iniciadas con ocasión de su queja, lo que se le comunica de conformidad con lo previsto en el art. 31.1 de la ley Orgánica 3/1981 , de 6 de abril.
Agradeciendo su confianza, le saluda cordialmente .
Enrique Mujica Herzog

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola Oscar y demás amigos. El 23 de agosto en la portada de La Gaceta fin de semana, salió un articulo que ponía en mayúsculas :
10.000 madres extranjeras con hijos españoles no cobrarán el cheque bebé. Luego en el interior hay una pagina entera hablando de esto. En realidad no dicen nada nuevo, pero es bueno que aparezca en todos los medios. No sé si alguno lo habeis visto. Un saludo a todos.

Anónimo dijo...

Os dejo la página de acceso de lo que os comenté antes. Saludos.
http://www.gaceta.es/noticia_1img.php?s=36&sm=36&posEnc=&noti=29948

Roberto dijo...

Hola a todos/as los que estaís en contra de este ataque a la coherencia . Buen trabajo y saludos .

Si os ayuda os mando un recurso que presente de un familiar de un comunitario ....

A la lucha , no más discriminaciones

http://inmigracionunaoportunidad.blogspot.com/2008/08/el-cheque-bebe-algunos-argumentos-para.html

Anónimo dijo...

Soy mexicana, mi esposo es catalán, mi niña nació en abril de 2008. Cumplo mi residencia legal en noviembre.
Se supone que la ayuda es para los gastos del bebé. Qué importa quién cobre! Es una ley discriminatoria. Los apoyo totalmente.
Gracias por este blog.

Anónimo dijo...

"... que establece la ley 35/2007." Y no establece la CONSTITUCIÓN, ley de leyes en nuestro país, en su artículo 14 "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social."

¿Es tan dificil que alguien con competencias en la materia se pronuncie sobre ese hecho?

Anónimo dijo...

El Defensor del Pueblo cuya misión principal es la protección y defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos ante los abusos que puedan cometer los funcionarios del Estado, figura creada por La Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, que desarrolla el artículo 54 de la Constitución) dice en el artículo 28.2: “Si como consecuencia de sus investigaciones llegase al convencimiento de que el cumplimiento riguroso de la norma puede provocar situaciones injustas o perjudiciales para los administrados, podrá sugerir al órgano legislativo competente o a la Administración la modificación de la misma” y en su artículo 29: “El Defensor del Pueblo esta legitimado para interponer los recursos de inconstitucionalidad y de amparo, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional


Ante esto solo me cabe decir señor Defensor trabaje y cumpla tambien usted con el cometido que tiene asignado por ley organica, no se limite a archivar las actuaciones debe interponer el recurso de inconstitucionalidad

Anónimo dijo...

Una carta nueva en El País (28 de septiembre)de un nuevo compañero afectado:
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Igualdad/familia/elpepuopi/20080928elpepiopi_7/Tes